SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

II.1

II.1.  La “Sentencia Arbitral”, librada por el Tribunal Arbitral de la Jefatura Departamental de Trabajo, de 29 de mayo de 2007, dispuso en su numeral 2, la nulidad del Convenio de 27 de marzo de 1999, suscrito entre la Alcaldía y el Sindicato de Obras Públicas Municipales de Cochabamba, mediante el que se suprimió el servicio de té; en sus numerales 3 y 4, determina la obligatoriedad de pagar las horas extraordinarias, reclamadas por los trabajadores, recargo nocturno, en su numeral 5, establece que el pago del refrigerio se lo debe hacer de forma retroactiva desde “el año 2000 hasta el presente y futuro” (sic), en su punto 6, establece el pago retroactivo del bono de antigüedad, asimismo, en su numeral 7, respecto al incentivo funcional que se otorgaba a los trabajadores municipales hasta el año 1999, mencionó que éste no ha prescrito, debiendo la Alcaldía, cancelarlo de forma retroactiva desde el año 2000, hasta el presente (fs. 7 a 13).