SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

II.13.

II.13.Presentado el Recurso de Revocatoria por los Vocales hoy accionantes, (fs. 48 a 53), el Consejo de la Magistratura dictó la Resolución 53/2011 de 18 de octubre en la que confirmó en todas sus partes la referida resolución 44/2011, aclara que si bien los presuntos hechos delictivos que se les imputa a los Vocales se hubieran cometido el 1 de marzo de 2007, antes de la vigencia de las Leyes 004 y 007, no se puede desconocer que se tratan de delitos de corrupción lo que faculta aplicar retroactivamente las normas conforme a lo previsto por el art. 123 de la CPE; respecto a la suspensión de funciones sin goce de haberes, considera que tampoco hubo vulneración de derechos porque se aplicó la SC 1838/2010-R, por el efecto vinculante, que no es evidente que dicha Sentencia no responda a los principios de similitud fáctica y de aplicación a futuro porque los hechos del pago o no de salarios por una suspensión de funciones es la misma, (fs. 55 a 57).