SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

II.5.

II.5.  Los accionantes presentaron el Recurso de Revocatoria el 14 de abril de 2011 contra la referida RA 91/2011, observando la competencia de los Consejeros que suscribieron, alegando que la suspensión de los Vocales y de cualquier funcionario judicial es atribución del Plenario del Consejo de la Judicatura y no una simple obligación legal por lo que son necesarios tres votos del total de sus miembros; que la Resolución Administrativa impugnada no ordenó la entrega de activos fijos, que existe colisión y contradicción entre los arts. 52 de la LCJ el art. 392 del CPP, y la Ley 007, en consideración a la retroactividad y ultra actividad de la Ley (fs. 6 a 8 vta.).