SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1016/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1016/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

Directores de Establecimientos Educativos en todos los ciclos

Por su parte, el Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación, puesto en vigencia por DS 04688 de 18 de julio de 1957, en su art. 20 señala: “La escala jerárquica docente comprende los siguientes rangos: a) Director General de Educación; b) Directores Nacionales de Educación, Director del Instituto de Investigaciones Pedagógicas; c) Directores de Normales Urbanas, de Institutos Superiores y Secretario General de la Dirección General; d) Jefes de Distrito o de Zona Escolar, Jefes de Sección del Instituto de Investigaciones Pedagógicas y Profesores de Normales Urbanas e Institutos Superiores; e) Inspectores de Distrito o de Zona y Ayudantes Técnicos del Instituto de Investigaciones Pedagógicas; f) Directores de Establecimientos Educativos en todos los ciclos; g) Profesores y maestros de Colegios y Escuelas Urbanas; h) Profesores Ayudantes; i) Profesores de Escuelas Nocturnas y de Alfabetización” (el resaltado es nuestro).

Y, el art. 21 del citado escalafón indica: “La escala jerárquica administrativa comprende los siguientes rangos: a) Oficial Mayor del Ministerio de Educación; b) Jefes de Departamento del Ministerio de Educación y Direcciones de la Biblioteca y el Archivo Nacionales; c) Jefes de Sección del Ministerio y de la Dirección General de Educación, Directores de Museos y Bibliotecas y Secretario General del Ministerio; d) Secretarios de los Departamentos del Ministerio y de las Jefaturas de Distrito Escolar; e) Secretarios y Ayudantes de Sección del Ministerio de Educación; f) Secretarios, Inspectores, Regentes, Habilitados de Institutos, Colegios y Escuelas, Habilitados de las Jefaturas de Distrito y Visitadores Sociales; g) Dactilógrafos, auxiliares de oficinas administrativas y niñeras; h) Operadores técnicos y chóferes del servicio; i) Porteros; j) Sirvientes y mensajeros”.