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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1026/2013-L

    Fecha: 28-Ago-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
    • comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado
    • en el Estado Plurinacional de Bolivia, la dimensión del debido proceso en cuanto a sentencias judiciales, exige que éstas, sean justas y aseguren el valor igualdad, aspectos que las tornará razonables y respetuosas del bloque de constitucionalidad imperante
    • Fragmento 17
    • el juez deberá tener en cuenta que el objeto de los procesos es la efectividad de los derechos reconocidos por la ley sustantiva
    • no sólo es un director del proceso sino también en un verdadero activista y defensor de los derechos y las garantías constitucionales de los sujetos procesales
    • III.4.         En el ámbito civil, la devolución de las contraprestaciones es la consecuencia normal de la resolución de los contratos con prestaciones recíprocas, salvándose el derecho de terceros de buena fe
    • La resolución surte efectos con carácter retroactivo
    • las partes deben restituirse mutuamente lo que hubieran recibido
    • Fragmento 23
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • con los efectos previstos por el art. 574 del CC
    • Fragmento 26
    • o la resolución del contrato más el resarcimiento del daño
    • III.5.3. La eficacia de las resoluciones judiciales, que adquieren firmeza

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