Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1036/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
II.11.
II.11.Mediante RA 23-000062-10 de 30 de diciembre de 2010, la Gerencia Sectorial de Hidrocarburos del SIN, dispuso rechazar la Declaración Jurada Rectificatoria Formulario 200 IVA, del periodo enero 2010, solicitado en el portal tributario a través del Formulario-521 con número de orden 7831975749 (fs.230 a 233). Por lo que, la Empresa PDVSA Bolivia S.A., interpuso recurso de alzada en contra de esta determinación, a través de memorial de 13 de abril de 2011 (fs. 234 a 237). Recurso que fue rechazado a través del Auto de Rechazo ARIT-SCZ-0100/2011 de 18 de abril (fs. 238 a 239).
- Marco Antonio Jiménez Salvatierra
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3.Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- Fragmento 18
- III.1. De la acción de amparo constitucional, y su naturaleza
- III.2. De las notificaciones en materia tributaria
- Fragmento 21
- III.3.El debido proceso en materia administrativa
- III.4
- así como los actos que impongan sanciones
- conceder
- REVOCAR