Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 12/2012 de 16 de enero, cursante de fs. 174 a 176 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Julia Jimena Andrade Rendón en representación legal de Juan Carlos Jordán Llantén contra Juan Ricardo Soto Butrón, Gabriela Cinthia Armijo Paz y Paty Yola Paucara Paco, Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental; y, Antonio José Hassenteufel Salazar, ex Vocal y Mariano Parra Ramírez, ex Conjuez; del Tribunal Agrario Nacional -ahora Tribunal Agroambiental-.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 11
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 18
- III.2. La improcedencia de la acción de amparo constitucional por falta de inmediatez en su interposición según la Constitución Política del Estado y la doctrina constitucional
- El cómputo del plazo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo, es desde la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía, dado que ha sido el último actuado idóneo
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- CONFIRMAR