SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

III.2. De la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional

Al respecto la SCP 1452/2012 de 24 de septiembre, señaló que:”Con relación a la subsidiariedad, la Constitución Política del Estado ha determinado el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional, toda vez que el art. 129.I de la CPE, establece: 'La acción de Amparo Constitucional se interpondrá (…) siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'.