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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1150/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1150/2013-L

    Fecha: 30-Ago-2013

    II.3.

    II.3. Mediante Auto 9 de 14 de octubre de 2009, pronunciado por José Antonio de Chazal, Fernando Rodríguez Mendoza y Sonia Longaric Rodríguez, miembros del Tribunal Arbitral, dentro el proceso arbitral 86, se rechazó la solicitud de enmienda, complementación y aclaración solicitada por la empresa demandada (fs. 59 a 62).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3.intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de
    • III.2.  De los laudos arbitrales y el recurso de anulación como única vía de impugnación con la necesidad del auxilio judicial
    • III.3.  De la anulación del laudo arbitral
    • III.4.  Del debido proceso
    • III.5.  De la seguridad jurídica como principio
    • III.6.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en parte

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