Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1280/2013
Fecha: 02-Ago-2013
II.12.
II.12.El 5 de abril de 2013, Rosario Torrico Arteaga, presentó desistimiento y solicitó el rechazo de la denuncia y se deje sin efecto la citación. Adjuntó copia de un acuerdo transaccional definitivo suscrito en la misma fecha entre su persona y el accionante (fs. 28 a 30 vta.). Mediante decreto del mismo día, el Fiscal demandado, dispuso que tratándose de un delito de acción pública la investigación proseguiría (fs. 33).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.12.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Control jurisdiccional de la investigación
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR