SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1289/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1289/2013

Fecha: 02-Ago-2013

II.3.

II.3.  Mediante memorial presentado el 16 de marzo de 2012, la ahora accionante, apeló del Auto de 25 de enero de 2012, manifestando que ese fallo no cumple con lo establecidopor el art. 188 del CPC, pues, no fue puesto a su conocimiento el documento de fusión entre las entidades bancarias, BancoSanta Cruz S.A. y el Banco Mercantil S.A.; que la entidadejecutante, pretende ejecutar la obligación sin que se haya acreditado ante la autoridad judicial que la empresa “Korymet S.R.L.”, haya aceptado la cesión de la obligación o se haya notificado en cumplimiento al art. 389 del CC, situaciones que hacen inviable que la nueva entidad pueda ejecutar la obligación; que el Auto apelado vulnera el debido proceso, por no cumplir con el art.90 del CPC, al no pronunciarse sobre la cuestión planteada (fs.1106 a 1107 vta.).