Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1311/2013
Fecha: 12-Ago-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de los accionantes ratificó la demanda y amplió aclarando que la acción de libertad contra la Jueza de Yapacaní se planteó por suspender la audiencia de cesación de la detención preventiva de forma ilegal, y no señalar de oficio nueva audiencia; además, por no haber decretado los memoriales en el plazo establecido por el Código de Procedimiento Penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- Fragmento 11
- corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- Fragmento 13
- es necesario establecer que el memorial de solicitud, debe ser providenciado indefectiblemente dentro de las veinticuatro horas de su presentación
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19