Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1311/2013
Fecha: 12-Ago-2013
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido a denuncia de Ernesto Sanzetenea Vargas contra María Darwin Antelo Pizarro, Nery Céspedes Mercado, ahora accionante, y otro, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y otros, por memorial de 12 de enero de 2013, el accionante interpuso incidente de recusación contra el Juez de Instrucción Mixto de Buena Vista, que fue rechazado, ordenándose remitir el cuaderno procesal al Juzgado de Instrucción Mixto de Yapacaní (fs. 9 a 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- Fragmento 11
- corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- Fragmento 13
- es necesario establecer que el memorial de solicitud, debe ser providenciado indefectiblemente dentro de las veinticuatro horas de su presentación
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19