SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2013

Fecha: 15-Ago-2013

II.6.

II.6.    Asimismo, se concluye que mediante el INF. 021/2011 de 10 noviembre, en cuanto al ahora accionante, se señala que éste en su calidad de ex Vicerrector de la UAGRM, omite el cumplimiento del art. 25 del DS 21364 de 20 de agosto de 1986, toda vez que se considera uso indebido de fondos todo gasto extra-presupuestario, y conforme consta del comprobante de egreso 2814 y cheque 3025, Alfredo Jaldín Farell, firma autorizando el pago de costos financieros a favor de la indicada Cooperativa sin que este pago se encuentre presupuestado, generando de este modo un daño económico contra la UAGRM (fs. 229 a 241).