SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1470/2013
Fecha: 22-Ago-2013
III.2. La reincorporación de la trabajadora o el trabajador en casos de despido injustificado, según la normativa prevista en los DDSS 28699 de 1 de mayo de 2006 y 0495 de 1 de mayo de 2010
Los aludidos decretos supremos, establecen un procedimiento ágil en la vía administrativa, a objeto de que la trabajadora o el trabajador que consideren que fueron víctimas de un despido injustificado, por causales no previstas en el art. 16 de la LGT, acudan al Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social a objeto de que se disponga su reincorporación a su fuente laboral. Así, el DS 0495 modifica el parágrafo III del art. 10 del DS 28699, disponiendo: “En caso de que el trabajador opte por su reincorporación, podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde una vez constatado el despido injustificado, se conminará al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o el trabajador al momento del despido, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de reincorporación, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales del Trabajo”.
Asimismo, el citado DS 0495 incluye los parágrafos III y IV al DS 28699; a partir de lo cual el Parágrafo III, contiene el siguiente texto: “La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución.” (El texto tachado, fue declarado inconstitucional por la SCP 0591/2012 de 20 de julio).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- subsidiariedad
- III.2. La reincorporación de la trabajadora o el trabajador en casos de despido injustificado, según la normativa prevista en los DDSS 28699 de 1 de mayo de 2006 y 0495 de 1 de mayo de 2010
- el trabajador como el empleador
- recursos de revocatoria y jerárquico
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR