SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1485/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1485/2013

Fecha: 22-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Emergente de un proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, por la firma de un contrato de anticresis que no se perfeccionó por voluntad del anticresista, el 17 de marzo de 2013, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal le impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistentes en detención domiciliaria con escolta y fianza económica de Bs50 000 (cincuenta mil bolivianos), negándole con estas determinaciones el derecho de asistir a su fuente laboral y llevar el sustento diario a su familia.

No satisfecho con esta injusticia dicha autoridad en contravención al art. 241 del Código de Procedimiento Penal (CPP), le impuso una fianza de imposible cumplimiento, y contra toda norma legal dispuso que su persona se quede en depósito en celdas de la policía judicial, hasta que se haga efectivo el depósito de la fianza. Ante esta ilegalidad solicitó audiencia de sustitución de fianza, misma que fue fijada para el 4 de abril de 2013, a sabiendas que en esa fecha dicha autoridad estaría de viaje, suspendiéndose la audiencia, quedando indebidamente detenido en celdas de la policía judicial.

Ante la notoria parcialidad del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal presentó incidente de recusación, remitiéndose obrados el “10” de abril de 2013, al Juez Noveno de la misma materia -ahora demandado-, quien recién el 15 de igual mes y año, radicó la causa sin considerar que se encuentra ilegalmente detenido en celdas de la policía judicial, y que existe un memorial de sustitución de fianza que fue providenciado el 28 de ese mes y año, señalándose audiencia para el 3 de mayo del referido año, estando hasta la fecha ilegalmente detenido.