Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1486/2013
Fecha: 22-Ago-2013
II.8.
II.8. Finalmente, el 10 de septiembre de 2012, el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija emitió la carta notariada de efectiva resolución de contrato, procediendo posteriormente a la ejecución de la boleta de garantía presentada por SERGEO. Por lo que, el 18 de marzo de 2013, la empresa afectada interpuso la presente acción, alegando que con las actuaciones antes descritas se habrían vulnerado sus derechos fundamentales; denunciando además que, la Gobernación de Tarija procedió a registrar en el SICOES la resolución del contrato, argumentando una supuesta culpa de la empresa contratada, con lo que le estaría produciendo graves daños y perjuicios (fs. 62 a 68, y 89 a 111).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Ámbito de activación de la jurisdicción constitucional y los límites de la acción de amparo constitucional respecto a la solicitud de cumplimiento de contratos
- III.2. El principio de subsidiariedad y el proceso contencioso administrativo
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR