SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1519/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1519/2013

Fecha: 04-Sep-2013

II.7.

II.7.  El 1 de abril de 2013, Sonia Antonia Sanabria, mediante memorial dirigido al Administrador de la ANB Interior La Paz, en lo principal, pide aclaración y enmienda de la RA AN-GRLPZ-LAPLI/242/2013, solicitando que la misma se complemente con las notas de 5 y 11 de marzo de 2013, en las que se impetra el levante de abandono de su mercancía, así como la complementación de dicha resolución con el informe técnico AN-GRLGR-LAPLI-431/13 de 21 de febrero. Al “Otrosí 1ro”. Pide la nulidad de la declaratoria de abandono de mercancía -AN-GRLPZ-LAPLI/242/2013- 20 de marzo de 2012, de conformidad a lo dispuesto por el art. 35 Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), aplicable al caso por mandato del art. 74.1 del CTB, “debido a que dicho acto administrativo de carácter particular se dictó prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido y por ser contrario a la Constitución Política del Estado” (sic) y al haber infringido la última parte del art. 153 de la LGA y la nulidad de la adjudicación de su menaje domestico al Ministerio de la Presidencia, por ser contrario a la Constitución y al infringir lo dispuesto en la Disposición Adicional Decima Novena de la Ley 317. Al “Otrosí 2do”. Solicita Promover acción de inconstitucionalidad concreta contra la Ley 317 del Presupuesto General del Estado Gestión 2013 (fs. 33 a 49 vta.).