SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2014

Fecha: 03-Ene-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante denuncian que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, vulneraron su derecho al debido proceso y la fundamentación de las decisiones judiciales, al considerar que, interpuesta la apelación incidental contra la Resolución que declaró improcedente el incidente de revocatoria de incautación, las autoridades judiciales demandadas en Auto de Vista, aparte de revocar el Auto apelado, declararon procedente y admisible la impugnación, disponiendo la devolución del bien incautado; empero, dicho fallo sería carente de la debida motivación y omitiría considerar el estado de indefensión sufrido por los accionantes, durante la sustanciación del proceso ejecutivo civil; asimismo, se habría aplicado erróneamente las normas contenidas en el Código de Procedimiento Penal, cuando lo correcto era resolver el incidente en función a las disposiciones legales contenidas en la Ley del  Régimen de la Coca y Sustancias Controladas;  sin embargo, con carácter previo, corresponde a este Tribunal Constitucional Plurinacional, examinar los aspectos de admisibilidad o procedibilidad de la presente acción constitucional, para luego establecer si es viable o no ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.