SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2014

Fecha: 10-Ene-2014

II.7.

II.7.  Mediante oficio de 4 de marzo de 2013, el Defensor del Pueblo respondió a la nota de 18 de febrero de igual año, realizada por el accionante, aduciendo que las autoridades del Órgano Judicial son independientes y éstas adoptan sus determinaciones en cumplimiento de sus atribuciones y en sujeción a la normativa legal vigente, de tal manera que su petición no corresponde, debiendo ser planteada formalmente a la autoridad competente, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 6).