SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2014-S3
Fecha: 15-Oct-2014
II.2.
II.2. Mediante memorial de 19 de marzo de 2013, presentó papeleta de depósito por la suma de $us21 500.- que cancelaron el total de la deuda, solicitando la liberación de los documentos de los inmuebles dados en garantías (fs. 13); por Auto de la misma fecha el Juez demandado, al haberse honrado la totalidad de la obligación por concepto de pago de la deuda e intereses calculados hasta noviembre de 2012, a favor de la entidad demandante, declaró extinguida la obligación que motivó el proceso ejecutivo; disponiendo en consecuencia: “1.- Habiéndose cancelado la totalidad de la obligación e intereses dentro del tercer día de realizada la subasta y no habiéndose pronunciado aún el Auto de Aprobación de Remate a favor del Postor, con la facultad establecida en el art. 541 del Código de Procedimiento Civil, se declara decaído su derecho y se dispone la devolución ante el Consejo de la Magistratura de la suma de Bolivianos 210.822,55 a favor del Sr. Gustavo Adolfo Arce Tapia, (…) 2.- Finalmente como efecto extensivo se declaran decaídos los incidentes presentados por la parte demandada cuyo trámite y pronunciamiento judicial resultan innecesario…” (fs. 13 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.4.
- II.5.
- que si bien se declaró la extinción de la obligación por la cancelación de deuda; sin embargo, no se le habría condenado a la accionante los intereses que aún se adeudan, motivo por el que no se habrían cancelado los gravámenes sobre sus bienes
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en armonía con el entendimiento precedentemente citado, indicó: `el debido proceso, exige que los litigantes tengan el beneficio de un juicio imparcial ante los tribunales y que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR