Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2014-S3
Fecha: 14-Oct-2014
III.2.2.
III.2.2. Respecto al incidente de nulidad planteado el 7 de febrero y 21 de marzo de 2013, por la accionante y sus hermanos, contra el mandamiento de desapoderamiento ordenado por la autoridad demandada, descrito en las Conclusiones II.7 y II.8, que provocó el pronunciamiento del Auto de 9 de mayo de 2013, que lo rechazó, expresar que la misma también es susceptible de apelación conforme al entendimiento expresado en la SCP 0281/2013 de 13 de marzo, precedentemente citada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- cuatro meses y ocho días
- III.2.1.
- III.2.2.
- REVOCAR