Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2014-S2
Fecha: 21-Oct-2014
II.1.
II.1. Consta el acta de declaración informativa de AA, de 22 de abril de 2013, dentro del proceso penal seguido por Salomón Capajaña Mamani, en su contra y la de “otros”, por la presunta comisión de los delitos de asociación delictuosa, robo agravado y tentativa de homicidio, en cuya declaración hace constar entre otras cosas, que su nombre era “Joel Héctor Chura Altamirano”, no portaba cédula de identidad y que nació en La Paz en el mes de marzo, sin recordar la fecha de su nacimiento (fs. 33 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1.
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- que no es aplicable la subsidiaridad excepcional del habeas corpus -ahora acción de libertad- en aquellos casos en los que estén involucrados menores de edad
- ante el sólo hecho de invocar la minoridad, respaldando ese extremo con los elementos de convicción o pruebas que posean, las autoridades jurisdiccionales están obligadas a presumir la existencia de aquella; momento desde el cual, deben operar de inmediato todas las consecuencias jurídicas que le son inherentes
- el art. 233 del CNNA, señala que la detención preventiva constituye una regla extraordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- 3° CONCEDER