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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2014-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2014-S2

    Fecha: 21-Oct-2014

    II.6.

    II.6.    Por oficio cite 051/2014 de 13 de marzo, la Jueza de Instrucción remitió obrados por declinatoria, al Juez de la Niñez y Adolescencia de turno (fs. 59). Radicándose el caso ante la Jueza Primera de la Niñez y Adolescencia del departamento de La Paz -autoridad codemandada-, el 18 del mismo mes y año, ordenado la notificación a las partes y al Ministerio Público (fs. 61).

    • acción de libertad
    • I.1.1.
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • que no es aplicable la subsidiaridad excepcional del habeas corpus -ahora acción de libertad- en aquellos casos en los que estén involucrados menores de edad
    • ante el sólo hecho de invocar la minoridad, respaldando ese extremo con los elementos de convicción o pruebas que posean, las autoridades jurisdiccionales están obligadas a presumir la existencia de aquella; momento desde el cual, deben operar de inmediato todas las consecuencias jurídicas que le son inherentes
    • el art. 233 del CNNA, señala que la detención preventiva constituye una regla extraordinaria
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • 3°  CONCEDER

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