Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014-S3
Fecha: 22-Oct-2014
II.1.
II.1. Cursa demanda ejecutiva presentada el 8 de enero de 2001, por el Banco Internacional de Desarrollo (BIDESA) S.A. en liquidación contra Julio Ramiro Saniz Balderrama -ahora accionante- por sí y en representación de la empresa constructora CIA Ltda. y Valentín Saniz Budiel (fs. 26 y 27 vta.); citándose mediante cédula al accionante el 10 de abril de 2002 en calle Lanza 748 en presencia del testigo de actuación Jesús Moya (fs. 37 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- 4)
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivo la decisión judicial o administrativa impugnada,
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- CONFIRMAR