SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014-S3
Fecha: 22-Oct-2014
III.2. Análisis del caso concreto
De la revisión de obrados se advierte que el accionante solicita que la justicia constitucional efectúe la excepción a la interpretación de la legalidad ordinaria respecto a la determinación del domicilio especial fijado en el documento base del proceso ejecutivo, por cuando considera que dentro del proceso civil ejecutivo que le sigue el BIDESA S.A. en liquidación se pronunciaron el Auto de 15 de septiembre de 2010 y Auto de Vista de 23 de agosto de 2013, que lesionaron el derecho al debido proceso, en su elemento de falta de fundamentación y motivación arbitraria, así como el de defensa de su representado al señalar que las citaciones y notificaciones practicadas en la calle Lanza 748, fueron correctamente realizadas sin tomar en cuenta que su domicilio especial señalado en el documento que dio lugar al proceso civil era “Av. Calampampa s/n” donde debió ser citado el cual con el transcurso del tiempo se le asignó el número 2970.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- 4)
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivo la decisión judicial o administrativa impugnada,
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- CONFIRMAR