SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014-S3
Fecha: 27-Oct-2014
Empero -la SC 0041/2005-R-
Sobre el tema, cabe anotar que la referida SC 0041/2005-R, cambiando el razonamiento jurisprudencial asumido en la SC 1672/2003-R de 24 de noviembre, (última sentencia que entendió que contra un audo arbitral laboral, se abría la jurisdicción ordinaria de esta materia), aclaró que si una de las partes consideraba que en la sustanciación del proceso arbitral laboral o con la emisión del Laudo Arbitral se vulneraron sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, la única vía para lograr la protección de los mismos era el amparo constitucional y no así la jurisdicción ordinaria laboral. Entendimiento reiterado en la SC 1710/2011-R de 21 de octubre. Empero -la SC 0041/2005-R- aclaró que esa impugnación a través de la justicia constitucional, vía amparo constitucional, no atacaba al fondo de lo decido en el laudo arbitral laboral, sino únicamente aspectos referidos al proceso arbitral en cuestión, que eventualmente lesionen derechos fundamentales. Por ejemplo, los supuestos fácticos analizados en la SC 0041/2005, fueron: denuncia de haberse dictado el Laudo Arbitral después del plazo otorgado por las normas previstas por el art. 112 de la LGT; de que las pruebas presentadas en el proceso arbitral no fueron puestas a conocimiento de la otra parte (en resguardo del derecho al debido proceso y principio de publicidad); o, denuncia de que el Laudo Arbitral fue emitido en ausencia de uno de los árbitros (en resguardo del derecho al juez natural).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- recordó que las normas de la Ley 1770 de 10 de marzo de 1997 de Arbitraje y Conciliación (LAC) no son aplicables por supletoriedad a los procesos de arbitraje en materia laboral por exclusión expresa del art. 6.II de la LAC,
- respecto a la intervención de las autoridades judiciales (auxilio judicial) en los procesos de arbitraje en materia laboral
- Este razonamiento constituye una mutación de la jurisprudencia establecida en la SC 1672/2003-R, de 24 de noviembre
- Empero -la SC 0041/2005-R-
- en sentido de no analizar el fondo de lo decido en el laudo arbitral laboral sino únicamente aspectos referidos al proceso arbitral en cuestión, que eventualmente lesionen derechos fundamentales;
- porque sólo con este análisis dinámico de las sentencias que conforman la línea jurisprudencial se identifica el precedente constitucional en vigo
- El método de identificación del estándar más alto en la jurisprudencia constitucional, es a través de un examen o análisis integral de la línea jurisprudencial, de tal forma que el precedente constitucional en vigor se constituirá en aquél que resulte de dicha comparación”
- III.1.1. Exhortación a la Asamblea Legislativa Plurinacional a actualizar la normativa referida al auxilio judicial en el tema de arbitraje en materia laboral
- los casos específicos en los que se podrá desarrollar el auxilio judicial,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Laudo Arbitral de 20 de enero de 2009,