SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014-S3

Fecha: 27-Oct-2014

respecto a la intervención de las autoridades judiciales (auxilio judicial) en los procesos de arbitraje en materia laboral

Luego, respecto a la intervención de las autoridades judiciales (auxilio judicial) en los procesos de arbitraje en materia laboral, a partir de las normas previstas en los arts. 218 del CPT, concordante con el 157 del RLGT y 219 del CPT, sostuvo que contra el laudo arbitral no cabe recurso ordinario alguno. Por lo mismo la intervención judicial se reduce sólo a la prestación del auxilio judicial para la ejecución del Laudo Arbitral, por cuanto la decisión emitida por el Tribunal Arbitral no puede ser impugnada ni modificada por un Juez o Tribunal Judicial, pues dada la naturaleza jurídica del proceso de arbitraje el Laudo Arbitral reviste la calidad de autoridad de cosa juzgada.