SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2014-S3

Fecha: 27-Oct-2014

II.2.1.

II.2.1. Por Auto de 5 de abril de 2013, la Jueza Primera de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, rechazó el incidente de inejecución de sentencia, con el argumento central que los laudos arbitrales constituyen sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada conforme lo dispuesto en los arts. 218 y 219 del CPT y 157 del RLGT; por lo que la intervención de los jueces en procesos arbitrales laborales se reduce al auxilio judicial para efectos de su ejecución. Asimismo, sostuvo que el incidente de inejecución no es el medio idóneo para impugnar el Laudo Arbitral de 20 de enero de 2009, respecto al bono de riesgo profesional; toda vez que, el Centro de Pediatría ya habría cumplido algunos puntos del mencionado Laudo Arbitral (fs. 207 a 212).