SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014-S1
Fecha: 20-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante refirió que se vulneraron sus derechos a la petición, derecho a la propiedad y al debido proceso, considerando que los funcionarios públicos demandados mediante la Resolución Ejecutiva 134/2013, Resoluciones Administrativas (RRAA) 701/2013 y la de 24 de julio del mismo año, no garantizaron el principio de razonabilidad, por ausencia de motivación, en relación al principio de legalidad y seguridad jurídica, al vulnerar la norma legal y el principio esencial de prohibición del ejercicio arbitrario del poder; al omitir pronunciarse sobre los argumentos de hecho y derecho solicitados, careciendo del nexo de causalidad entre lo solicitado, lo analizado y lo resuelto; violentando además el principio de proporcionalidad de los actos de poder, considerando que el certificado solicitado requiere la constancia de datos del predio que no pueden ser condicionados al pago de impuestos municipales, en contradicción con el art. 65 del CTB, que presupone el principio de buena fe, salvo proceso administrativo que pruebe lo contrario, condicionando a la empresa accionante al pago de una deuda sin que sea sujeto pasivo; dañando así su derecho propietario, que ante la negativa de extender el certificado catastral se impidió la inscripción en DD.RR.; además de desconocer su derecho a la petición, al no haber emitido una respuesta definitiva respecto a lo solicitado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concediendo en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho al debido proceso en su elemento motivación y congruencia
- derecho a la defensa material y técnica
- Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- III.3. Análisis en el caso concreto
- i)
- CONFIRMAR