SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0073/2014-S2
Fecha: 04-Nov-2014
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
El informe de Consuelo Margot Carrillo Claros, Jueza Primera de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba (fs. 40), señaló que: Su autoridad fue objeto de recusación dentro de dicha acción con los argumentos estrictamente valederos expuestos por memorial presentado de 2 de abril de 2014, habiéndose allanado por Auto de 2 de igual mes y año, disponiendo la remisión de obrados, ante la Jueza Primera de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo del departamento de Cochabamba, desconociendo las razones por las cuales se habría optado en continuar la sustanciación del trámite, cuando correspondía al Tribunal Constitucional Plurinacional, absolver la consulta referente a la recusación planteada y el allanamiento a ésta; previa sustanciación del trámite con la autoridad habilitada, por lo que existiendo una resolución de allanamiento a la citada demanda de recusación, aduce que no concurrirá a la audiencia fijada para no convalidar los vicios legales incurridos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
- III.2. Efectos legales de un antecedente penal
- III.3. Derecho al trabajo
- III.4. Derecho al ejercicio de la función pública
- III.5. Derecho a la participación política
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo