SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0073/2014-S2
Fecha: 04-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, a una justicia pronta y sin dilaciones, alegando que la Jueza Primera de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, pronunció el Auto de 18 julio de 2013, aduciendo que no es competente para conocer la extinción de la acción penal, por lo que rechazó la solicitud de cancelación de antecedentes penales; apelada la decisión; la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento, emitió la Resolución 118 de 3 de diciembre de 2013, ordenado al juez a cumplir la “Resolución Constitucional de 4 de junio de 2013”; extinguiendo la acción penal en el plazo de tres días, de modo que la Jueza Primera antes referida, por Auto de 24 de diciembre de 2013, extinguió la acción penal y al haber declarado inadmisible la apelación incidental sobre la cancelación de los antecedentes penales, dio por bien hecho el razonamiento del Fallo de la Sala Penal ya mencionada. Decisión que a criterio del accionante vulneró sus derechos, aduciendo que la Jueza Primera indicada, debió aplicar con preferencia el art. 441 inc. 2) del CPP, referente a la cancelación de los antecedentes penales, siendo que debió cancelarse el registro de antecedentes, por haber transcurrido ocho años desde que se dictó sentencia condenatoria.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
- III.2. Efectos legales de un antecedente penal
- III.3. Derecho al trabajo
- III.4. Derecho al ejercicio de la función pública
- III.5. Derecho a la participación política
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo