SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0079/2014-S2
Fecha: 04-Nov-2014
II.1.
II.1. Mediante Resolución 07/2013 de 14 de noviembre, dictada por los miembros del Tribunal de Honor del Sindicato de Transportistas Santa Cruz contra Heymi Mabel Antonio Rodríguez, ahora accionante, resolvieron la suspensión temporal de dos años calendario de sus derechos sindicales reconocidos en el art. 10 del Estatuto del Transportistas Santa Cruz, consistiendo éstos en: elegir o ser elegido para ocupar cargos directivos, delegaciones, representaciones, comisiones, aun teniendo su vehículo inscrito legalmente en el sindicato; solicitar línea de servicio para trabajar una nueva unidad de su propiedad, mientras dure la sanción; solicitar la intervención de los directivos del Sindicato, a través del Tribunal de Honor o a la Cartera que corresponda para casos que se presenten como problemas y conflictos dentro de las líneas; el derecho de asistir a las Asambleas convocadas por el Sindicato de Transportistas Santa Cruz; el derecho de asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias que convoca su línea (6 a 20).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 16
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y su ámbito de aplicación
- III.3. Las Resoluciones sancionatorias emitidas por Tribunales de Honor de Sindicato de Transportista pueden ser apeladas
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR