SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014-S1

Fecha: 24-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de abigeato a instancia de Luis Alfonso Rea Barbosa y María Rita Paz Abrego, estando en la etapa de acusación ante el Tribunal de Sentencia Penal de San Borja y en desarrollo del juicio oral, los acusadores particulares promovieron incidente de recusación contra los Jueces Técnicos de ese cuerpo colegiado, por una supuesta amistad íntima de éstos y los accionantes; ante lo cual Roberto Rejas Ribera, Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal de San Borja presentó su excusa bajo los mismos argumentos, mientras que el otro Juez Técnico presentó informe de rechazo a la recusación, por no ser ciertos los argumentos esgrimidos. Ante esta situación se sorteó la resolución de recusación al Tribunal Segundo de Sentencia Penal de Trinidad, actuales autoridades demandadas, quienes sustanciaron audiencia para su resolución que se materializó en el Auto Interlocutorio de 16 de abril de 2014, disponiendo la aceptación de la excusa presentada y la procedencia de la recusación planteada contra Gerónimo Manú García, y como consecuencia la remisión de la causa al tribunal llamado por ley, acto judicial que es una flagrante violación del derecho al debido proceso al haberse fundamentado la decisión en una prueba ilícitamente obtenida, cual es la declaración prestada por un testigo ante un Notario de Fe Pública y no ante un tribunal jurisdiccional.