Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2014-S2
Fecha: 04-Nov-2014
II.1.
II.1. Castro Espejo Delgado -ahora accionante-, mediante memorial de 11 de enero de 2007 y subsanado el 16 de mismo mes y año, interpuso demanda de mejor derecho propietario y reivindicación, más daños y perjuicios, contra Florencio Callisaya Requez y Gregoria Mamani de Callisaya (fs. 6 a 7; y, 10 a 11 vta.), pretensión que fue contestada por la parte demandada mediante escrito de 16 de febrero de ese año (fs. 44 a 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
- III.2. El derecho al debido proceso en la jurisdicción ordinaria
- III.3. La tutela judicial efectiva como garantía jurisdiccional
- III.4.
- III.5. Derecho a la propiedad privada
- III.6. Análisis del caso concreto
- siempre y cuando cumplan con los requisitos formales previstos en el art. 258 num. 2) del adjetivo civil
- PLANTEO RECURSO DE CASACION bajo los siguientes fundamentos
- CONFIRMAR en todo