Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2014-S2
Fecha: 04-Nov-2014
II.2.
II.2. El Juez Décimo de Partido en lo Civil del departamento de La Paz, mediante Sentencia 394/2007 de 5 de noviembre, declaró probada en parte la demanda interpuesta, con relación al mejor derecho propietario, la inexistencia del derecho propietario de los demandados y acción reivindicatoria, e improbada con relación al pago de daños y perjuicios, disponiendo la cancelación del Folio Real 2.01.0.99.0111377 (fs. 162 a 165 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
- III.2. El derecho al debido proceso en la jurisdicción ordinaria
- III.3. La tutela judicial efectiva como garantía jurisdiccional
- III.4.
- III.5. Derecho a la propiedad privada
- III.6. Análisis del caso concreto
- siempre y cuando cumplan con los requisitos formales previstos en el art. 258 num. 2) del adjetivo civil
- PLANTEO RECURSO DE CASACION bajo los siguientes fundamentos
- CONFIRMAR en todo