SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2014-S1

Fecha: 05-Nov-2014

no revisten incongruencia con los derechos a la defensa, al debido proceso y a la impugnación

En ese sentido, el contenido de las Disposiciones Adicionales Décima Novena y Vigésima, relacionadas con la Disposición Adicional Décima Octava de la Ley 317, no revisten incongruencia con los derechos a la defensa, al debido proceso y a la impugnación previstos en los arts. 115.II, 117.I y 180.II de la CPE; por cuanto, su ejercicio se encuentra garantizado según se advierte de su texto y los citados preceptos de la Norma Suprema, correspondiendo declarar su constitucionalidad.