SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0143/2014-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0143/2014-s2

Fecha: 17-Nov-2014

1)

Marco Atilio Agrmaont Loza, en representación legal del Director Ejecutivo de la ATT, en audiencia expresó que: 1) el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, expuso de una forma puntual y coherente los aspectos que llevaron a esa situación; sin embargo, como ATT, debemos manifestar que el origen de esta reclamación administrativa fue producto de un reclamo de un usuario, en ningún momento la ATT, se manifestó fuera de plazo; toda vez que, tuvo que dirigir el reclamo porque la usuaria presentó directamente como una reclamación administrativa directa para éste tenía que cumplir el requisito previo, es así que la ATT, en cumplimiento de sus atribuciones hizo la presentación para que sea dirigida primero a la Empresa “AMERICAN AIRLINES” INC. (BOLIVIA), aspecto que se cumplió; posteriormente, y ante el desacuerdo de la usuaria se abrió el procedimiento de la reclamación administrativa propiamente; y, 2) Entonces la ATT, se sujeta a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo y su Reglamento aprobado por el DS 27172  de 15 de septiembre de 2003, y todos los actos en el desarrollo de la reclamación administrativa, hubo instancias en las cuales la Empresa estaba facultada para presentar descargos que fueron debidamente valorados y tuvieron como resultado la emisión de una resolución administrativa que cumple los aspectos determinados en el art. 28 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); posteriormente, a ello la empresa hizo uso  de su derecho a recurrir en las dos instancias tanto al recurso revocatoria como al recurso jerárquico; por lo que, se solicitó se deniegue la tutela.