SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0143/2014-s2
Fecha: 17-Nov-2014
Fragmento 2
El 11 de julio de 2012, María Isabel Claros Brasil, presentó un escrito reclamando ante la Autoridad de Regulación de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), contra la aerolínea “AMERICAN AIRLINES INC. (BOLIVIA), respecto del cambio de ruta del vuelo AA-922 de 9 de junio de 2012, que ante cuya denuncia “AMERICAN AERLINES” INC. (BOLIVIA), informó que el vuelo tomó otra ruta por carencia de combustible de aviación en el Aeropuerto Internacional de El Alto, a partir de las 04:30 hasta 16:30 del día martes 10 de julio del citado año, situación de fuerza mayor que obligó a cambiar de ruta el vuelo AA-922, emitiendo su parada de la ciudad de La Paz. A tal efecto se emitió la Resolución a la reclamación directa CITE AC/186/12 de 23 de julio de 2012, pronunciándose por la improcedencia, haciendo notar que se trató de una eventualidad que escapó a la responsabilidad de la Empresa y que tal modificación del vuelo se operó a raíz de causas y motivos de fuerza mayor, que ocasionó el comunicado AASANA C0645, sobre carencia de combustible.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- III.1.
- III.2. Legitimación pasiva en casos emergente de procesos judiciales o administrativos
- Nombre y domicilio contra quien se dirige la acción o los datos básicos para identificarla o identificarlo, así como, en el caso de que se conozca, el lugar dónde pueda ser notificada o notificado
- pronunciadas por tribunales u órganos colegiados, públicos o particulares, sea como emergencia de procesos, o de cualesquier tipo de decisiones o actos, es de inexcusable cumplimiento que esta acción tutelar esté dirigida contra todos los miembros que asumieron dichas decisiones y, por lo mismo, se constituyan en agraviantes de los supuestos actos lesivos denunciados
- Fragmento 22
- III.2.1. sobre los efectos de incumplimiento de la legitimación pasiva
- debe establecerse que la exigencia de identificación de la parte demandada
- Fragmento 25
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte