Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.1.
II.1. Por memorial de 2 de mayo de 2012, Rolando Arando Villagra interpone acción contencioso administrativo ante el Tribunal Agroambiental, impugnando la Resolución Suprema (RS) 07000 de 16 de enero de 2012, a través de la cual se dispuso la anulación del título ejecutorial que le fuera otorgado, haciendo saber que existen terceros interesados (fs. 3 a 6). Por Auto de 17 de mismo mes, la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, admitió la demanda y dispuso la citación de las autoridades demandadas y de los terceros interesados (fs. 8 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- EN IGUALDAD DE CONDICIONES
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Que se tendrá presente lo argumentado a tiempo de dictar sentencia, todo en cuanto fuere de ley y hubiere lugar en derecho
- concedió
- e)
- II.1.
- II.2.
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- II.4.
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- II.6.
- II.9.
- II.10
- II.11
- II.13
- II.14
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma,
- III.2. De la participación de los terceros interesados en procesos judiciales y administrativos
- a los fines de que puedan ejercer, en igualdad de condiciones, el derecho a la defensa, ofreciendo las pruebas que consideren pertinentes y controvirtiendo las que se presenten en su contra dentro del proceso, de acuerdo con las formas propias de cada juicio y conforme a la normativa procesal pertinente
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR