SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.4.
II.4. Auto Supremo 304 de 26 de junio de 2013, emitido por la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró improcedente el recurso de casación en la forma y en el fondo planteado por las accionantes con el fundamento de que: “Aquellas incongruencias, imprecisiones y ambigüedades, son patentes en los recursos de casación que nos ocupa y ponen de manifiesto la ausencia absoluta de una adecuada técnica jurídica que debe observarse en la formulación de estos recursos extraordinarios, menos aún si, (…) debe ser totalmente clara, precisa y congruente con las pretensiones de quien la interpone…” (fs. 260 a 262 vta.); notificándose a las accionantes el 26 de junio de 2013 (fs. 263).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos
- el cumplimiento de ello puede estar implícito o disperso en el recurso de casación y no sería conducente con un sistema judicial que procura la verdad material la exigencia con rigurosidad de la explicites de los requisitos cuando fácilmente de una lectura y análisis integral del recurso se puede desentrañar el cumplimiento de los requisitos y posibilitar así una resolución en el fondo que elimine el estado de indeterminación de las partes procesales
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- ponen de manifiesto la ausencia absoluta de una adecuada técnica jurídica