Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
II.1.
II.1. Por cartas de representación de “Sur de San Lucas” de 7 de noviembre de 2011, dirigidas al INRA, remitidas por Dora, Lucía, Víctor Hugo, Benedicta Yucra y Estanislao Yujra, hicieron conocer su imposibilidad de comparecer a los actos de proceso de saneamiento en sus respectivos predios, por lo que designaron a Benancio Yucra Maturano para que que los represente en todos los actos de saneamiento en sus respectivos predios (fs. 42 a 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso
- III.3. Del derecho a la defensa
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR