SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

II.3.

II.3.    Por tres formularios de Croquis de Vértice Predial del INRA de 12 de noviembre de 2000, del cantón Izozog, de la propiedad “Sur de San Lucas”, correspondiente a la zona Charagua Norte, suscritos por agrimensor INRA SAN TCO (fs. 47 a 49). Por tres formularios de Registro de Observaciones del INRA, se advierte que el mismo data de la misma fecha señalada, correspondientes a zona Charagua Norte, polígono 549, proyecto SAN-TCO, identificado los puntos GPS 025, GPS 030 y GPS V161 (fs. 50 a 52). Por acta de conformidad de linderos, de 12 de noviembre de 2000, respecto al punto 030, se indica que la misma ha sido suscrita por Abraham Dabdub López y Benancio Yucra Maturano y como lugar de colindancia se señaló “San Francisco” y “Sur de San Lucas”, respectivamente. Igualmente, se procedió con respecto a los puntos V161, en el cual además de dichos suscribientes, firmó su conformidad Margarita Salces por la colindancia de Las Palmeras; con respecto al punto 030, firmaron su conformidad Abraham Dabdub López, Benancio Yucra Maturano y Carlos Gemy Montenegro, éste último por la colindancia con Santa Elena. Los mismo fueron verificados la misma fecha 12 de noviembre de 2000 (fs. 53 a 55).