Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
II.2.
II.2. Por memoriales presentados el 26 de septiembre de 2013, Concepción y José Ruíz Nina, formularon recursos de apelación contra la Sentencia descrita en la Conclusión anterior (fs. 169 a 170 vta.; 171 a 172). Constando respuesta de la accionante, a los recursos aludidos, inserta en el memorial de 2 de octubre de ese año (fs. 173 a 174 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. De la garantía del debido proceso: Principios de congruencia y fundamentación que le son inherentes
- Fragmento 15
- .
- la nulidad no se puede declarar por que sí, sino cuando, en efecto, se haya puesto en riesgo la defensa de la otra parte.
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR