SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante en audiencia, ratificó el contenido de su demanda y precisó los alcances de la misma con la SCP 0041/2012 de 26 de marzo, que consolidó el entendimiento jurisprudencial respecto a que la cesación de la detención preventiva no opera por el simple transcurso del tiempo, sino que deben modificarse los riesgos procesales que fundaron su imposición, lo que fue desvirtuado por la SCP 0827/2013 de 11 de junio, criterio ratificado por las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 2027/2013 y 2212/2013, a pesar de ello los Vocales codemandados argumentaron que la dilación fue atribuible al accionante por haber ejercido su derecho a la impugnación, criterio contrario al carácter vinculante de la jurisprudencia constitucional que funda la detención preventiva en la excepcionalidad, la instrumentalidad y la temporalidad, siendo su duración definida por el tiempo de tres años, por lo que decidir lo contrario significa fundamentar las razones de su decisión.