Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2014-S1
Fecha: 19-Dic-2014
II.1.
II.1. Por carta suscrita por Mónica Betzabé Paxi Ríos -ahora accionante-, de 17 de junio de 2012, ésta solicitó licencia por el plazo de tres meses de su cargo de Alcaldesa Municipal de Comanche, habiendo indicado que pasado ese permiso, se debía tomar en cuenta su renuncia; dicha nota fue recibida por el Secretario Concejal el 18 de junio de 2012; en ese sentido, mediante Resolución Municipal 004/2012 de 20 de junio, fue aceptada la licencia por el Concejo Municipal de Comanche (fs. 4 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- agotadas las mismas
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR