Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2014-S1
Fecha: 19-Dic-2014
II.8.
II.8. Mediante Resolución TSE-RSP 0186/2013 de 30 de julio, el Tribunal Supremo Electoral, habiendo recibido la nota TEDLP-PRES a.i. 30/2013 del Tribunal Electoral Departamental de La Paz, de remisión de la concesión del recurso de apelación interpuesto por la ahora accionante contra la Resolución 074/2013 S.C, señaló que las apelaciones contra las resoluciones del Tribunal Electoral Departamental, deben ser interpuestas dentro del plazo de cuarenta y ocho horas a partir de su notificación y determinó consecuentemente, que el recurso de apelación de la accionante es manifiestamente extemporáneo; finalmente, dispuso confirmar la Resolución 074/2013 S.C. (fs. 53 a 54).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- agotadas las mismas
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR