SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0208/2014 - S2
Fecha: 05-Dic-2014
entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto;
De esa esencia, deriva a su vez la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva; sino además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución. La concordancia de contenido de la resolución y su estricta correspondencia entre lo pedido, lo considerado y lo resuelto, conlleva a su vez la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevó a la determinación que se asume. En base a esas consideraciones, es que quien administra justicia, emitirá fallos motivados, congruentes y pertinentes” (el resaltado es nuestro).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- conceder
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- III.1. El resguardo de los derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional y principios que la rigen
- III.3. Los principios y elementos del debido proceso
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia; la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- delimitar el campo de acción de las partes y del órgano jurisdiccional en la que condiciona su desenvolvimiento; por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador.
- entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto;
- III.4. Sobre la finalidad de las citaciones y notificaciones
- Fragmento 19
- III.5. Análisis del caso concreto
- Sobre la actuación de la Jueza Segunda de Partido Mixta Liquidadora y Sentencia Penal
- “… si hubiere cuestiones de hecho que probar, el juez abrirá de inmediato el plazo probatorio de seis días”
- i)
- CONFIRMAR en todo