SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0208/2014 - S2
Fecha: 05-Dic-2014
Fragmento 19
De acuerdo a la problemática planteada por la accionante, la Jueza Segunda de Partido Mixta Liquidadora y Sentencia Penal de Camiri, pronunció la Resolución 408/2012, declarando probada la excepción previa de obscuridad, contradicción e imprecisión de la demanda opuesta por el demandado; y recurriendo de la misma, por Auto de 26 de febrero de 2013, concedió la apelación en el efecto diferido, decisión contra la cual no pudo recurrir en alzada; toda vez que, la Oficial de Diligencias de su despacho fraguó el formulario de notificación con datos y fecha falsa; haciendo constar además que fue notificada en su domicilio procesal; por lo que, tuvo que oponer el incidente de nulidad de obrados por defectos absolutos el 20 de marzo de 2013, el cual fue rechazado mediante Auto 164/2013, interponiendo contra tal decisión el recurso de reposición con alternativa de apelación resuelto por Auto 210/2013, que confirmó su rechazo y concedió el recurso de apelación en el efecto devolutivo; Resoluciones que fueron emitidas carentes de motivación y fundamentación, y sin disponer de acuerdo a derecho, la apertura del periodo probatorio que fue solicitado a efecto de llamar a confesión a la Oficial de Diligencias, con la finalidad de probar lo manifestado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- conceder
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- III.1. El resguardo de los derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional y principios que la rigen
- III.3. Los principios y elementos del debido proceso
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia; la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- delimitar el campo de acción de las partes y del órgano jurisdiccional en la que condiciona su desenvolvimiento; por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador.
- entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto;
- III.4. Sobre la finalidad de las citaciones y notificaciones
- Fragmento 19
- III.5. Análisis del caso concreto
- Sobre la actuación de la Jueza Segunda de Partido Mixta Liquidadora y Sentencia Penal
- “… si hubiere cuestiones de hecho que probar, el juez abrirá de inmediato el plazo probatorio de seis días”
- i)
- CONFIRMAR en todo