SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2002/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2002/2014

Fecha: 19-Dic-2014

y especializadas

                          Se ha señalado, que la función judicial es única en todo el territorio del Estado y se ejerce por medio de las autoridades que son parte de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y especializadas, además de la jurisdicción indígena originaria campesina; jurisdicciones de las que, las primeras, a pesar de presentarse como distintas son una, ordinaria con su diversidad de especialidad, mientras que la última, como una cuando se trata de tantas jurisdicciones como naciones y pueblos indígena originario campesinos existen” (las negrillas son nuestras).

                          Añadiendo respecto al tema que: “La naturaleza de la Ley Suprema implica, entre otras cosas, que es una unidad coherente y homogénea en todo momento; luego, que es una sola, cuya identidad es invariable a pesar de los cambios; ella ocupa la mayor posición en la estructura jerárquica del ordenamiento jurídico, en función de lo cual, establece la relación jerárquica y material entre las normas del sistema.